“Tajes, Matías Oscar c/ Guerra, Oscar Francisco y otros s/ ds. y ps.” - CNCIV - 21/08/2009
“Ahora bien, sin perjuicio de considerar que tal fecha no da lugar a confusión alguna, siendo de lectura clara, teniendo en cuenta la importancia de la pieza a presentar, el demandado tendría que haber arbitrado los medios para asegurarse la presentación en término de la misma, ya sea consultando el expediente, o en su caso, tomando en cuenta la fecha más lejana.”
Fuente: El Dial.com (suplemento de práctica profesional)
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