miércoles, 7 de agosto de 2013

Un Juez que obligaba a que lo llamen ¨Su Excelencia¨ denunciado ante el Consejo de la Magistratura

Ante el Consejo de la Magistratura

Denunciaron a un juez que en los juicios obligaba que lo llamen "Su Excelencia"

Alfredo Héctor Rizzo Romano
Un juez de un tribunal oral de la Capital Federal fue denunciado ante el Consejo de la Magistratura por haber obligado a abogados y testigos a llamarlo "Su Excelencia" durante un juicio oral, donde además se autoponderó diciendo que había escrito 15 libros y que ganaba 40.000 pesos por mes.

El juez denunciado es Alfredo Héctor Rizzo Romano, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 12 de Capital Federal, aunque el incidente ocurrió cuando interinamente presidió el TOC 14 durante un juicio por abuso deshonesto realizado los días 7, 11 y 13 de este mes.

La denuncia fue formulada por los abogados penalistas Carlos Wiater y Luis Limanski a primera hora de esta mañana ante el Consejo de la Magistratura.

Según el escrito, Rizzo Romano reaccionó mal cuando ni bien dio por abierto el debate y le preguntó a las partes si tenían planteos preliminares, el abogado Wiater le contestó que no tenía nada para peticionar y se dirigió hacia el magistrado diciéndole "Señor Presidente".

"El Dr. Rizzo Romano interrumpió abruptamente, manifestando de muy mala forma que al dirigírsele la palabra, en su carácter de Presidente del Tribunal, se lo debía llamar con el calificativo de `Excelencia`", señala la denuncia de los penalistas.

Wiater y Limanski denunciaron en ese escrito que, acto seguido, Rizzo Romano "realizó un pormenorizado análisis de sus antecedentes curriculares en la Justicia, que había escrito más de 15 libros, que llevaba 50 años en la Justicia, que ganaba 40.000 pesos por mes, habló de la falta de Jueces y otras cuestiones personales totalmente ajenas al debate".

Los abogados señalaron que el camarista concluyó "su insólito alegato" diciéndole a Wiater textualmente: "Todo esto usted lo debe saber porque es un abogado viejo".

"Llegado a este extremo, debemos acotar que no significa lo mismo ser un `viejo abogado`, que ser un `abogado viejo`, calificación que podría ser considerada como discriminatoria, además de absurda", señala el penalista en su denuncia.

Por último, los penalistas dicen en el escrito que esa situación "tiñó todo el debate de un clima de nerviosismo y desconcentración, que se vio incrementado ya que en reiteradas oportunidades el `Excelentísimo Señor Presidente Dr. Rizzo Romano`, permanentemente insistió a los testigos en cuanto al modo de dirigirse a su persona, creando en ellos cierto nerviosismo".

Rizzo Romano es uno de los tres camaristas que en 2009 absolvió a Martín Ríos, el denominado "Tirador Serial de Belgrano", y en aquel juicio también tuvo varios entredichos con peritos y testigos que no guardaban las formalidades que pretendía cuando se dirigían a él.

En 1999, el juez Rizzo Romano ya tuvo un altercado similar y muy recordado en el Palacio de Tribunales con el juez de instrucción 44, Eduardo Daffis Niklison.

En aquella oportunidad, Rizzo Romano se enojó porque en un oficio Daffis Niklison se había dirigido a él con la sigla V.S. (Vuestra Señoría) y le contestó con un escrito en el que le pedía que lo llamara V.E. (Vuestra Excelencia).

En un escrito cargado de ironía, Daffis Niklison le contestó de la siguiente manera: "Tengo el altísimo e inmerecido honor de dirigirme al dignísimo y nunca bien ponderado señor presidente del Debate del Excelentísimo Tribunal Oral en lo Criminal 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina y en mi humilde y modesto carácter de juez nacional en lo criminal de instrucción".

En 1997, la Corte Suprema de Justicia sancionó a Rizzo Romano con una multa equivalente al 33 por ciento de su sueldo luego de que un abogado denunciara que vio el Mercedes Benz con chapa judicial del magistrado pasar un semáforo en rojo y circular en contramano en el barrio porteño de Palermo Chico.

Fuente:
http://www.ambito.com/noticia.asp?id=598216

Ética profesional - Denegatoria al pedido de inscripción en la matrícula formulada por un abogado condenado por un delito doloso que no cumplió la totalidad de su condena

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín denegó el pedido efectuado por un abogado para ser matriculado en el colegio de abogados, ya que el solicitante fue condenado por cometer un delito doloso y no cumplió la totalidad de la condena, y el art. 2, inc. 1 de la Ley Nº 5177 establece que no pueden inscribirse en la matricula los letrados que se encuentren en dicha situación. Los colegios profesionales exigen ciertos requisitos que hacen a la ética profesional.

Ver CAContAdm de San Martín – S., R. S. sobre Recurso de Apelación por Denegatoria de Inscripción – 13/5/2013